Autor: David Cadierno Pájaro, abogado nº 105.052 ICAM
Actualizado a 2026
Descubrir que estás embarazada y, al poco tiempo, recibir una carta de despido es una experiencia tan injusta como estresante. Y cada vez llegan al despacho más despidos de ese tipo.
Afortunadamente, la ley española protege de forma muy clara a las trabajadoras en esta situación.
Si te han despedido estando embarazada —tanto con contrato indefinido, temporal, o incluso en periodo de prueba— vas a conocer ahora todos tus derechos. Te contaré lo mismo que le cuento a mis clientas en tu misma situación:
Sí, te pueden despedir estando embarazada, pero la empresa tendrá que acreditar una causa de despido válida y completamente ajena a tu embarazo.
La protección de la trabajadora embarazada es especialmente intensa. Si el despido no es declarado procedente, con carácter general será nulo, lo que obliga a la empresa a readmitirte y abonarte los salarios dejados de percibir.
Por tanto, estar embarazada no significa que sea imposible despedirte, pero sí que la empresa tiene muchas más dificultades para conseguir que ese despido sea declarado válido.
Esta protección se aplica aunque la empresa no conociera tu embarazo en el momento del despido.
De hecho, el artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores presume automáticamente la nulidad del despido cuando afecta a una trabajadora embarazada.
No hace falta que el despido mencione tu embarazo como causa. Ni siquiera que la empresa conozca tu embarazo. Basta con que estés embarazada en el momento del despido para que se active esta protección.
Esto se aplica tanto si tienes contrato indefinido como temporal, y también si estás en periodo de prueba, aunque en este último caso es necesario acreditar indicios de discriminación (es decir, que no superaste el periodo de prueba porque estabas embarazada y no por ser «mala trabajadora»).
Sí, te pueden despedir estando embarazada con contrato indefinido, pero únicamente si la empresa puede justificar correctamente una causa legal de despido que sea ajena al embarazo.
Tener un contrato indefinido no cambia la protección especial que la ley reconoce durante el embarazo.
Si la empresa realiza un despido disciplinario u objetivo y no consigue acreditar su procedencia, el despido de una trabajadora embarazada será, con carácter general, declarado nulo.
Esto supone que la empresa deberá readmitirte y abonarte los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión.
Si el verdadero motivo del despido es el embarazo de la trabajadora, estamos ante una decisión discriminatoria por razón de sexo.
Un despido por embarazo vulnera el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación y puede ser declarado nulo.
En estos casos, además de la readmisión obligatoria y los salarios de tramitación, puede reclamarse una indemnización adicional por los daños derivados de la vulneración de derechos fundamentales.
Sí, una empresa puede realizar un despido objetivo estando embarazada, pero tendrá que acreditar la existencia de una causa económica, técnica, organizativa o productiva real y justificar correctamente por qué la trabajadora embarazada resulta afectada.
No basta con que la empresa alegue formalmente una causa objetiva.
Si el despido es impugnado, la empresa deberá conseguir que sea declarado procedente. Si no acredita suficientemente la causa o la correcta inclusión de la trabajadora en el despido, la consecuencia puede ser la nulidad, con obligación de readmisión y pago de los salarios de tramitación.
Por tanto, si estás embarazada y recibes una carta de despido objetivo, hay que analizar tanto la causa alegada como los criterios utilizados por la empresa para decidir que seas tú la persona despedida.
Cuando el despido se declara nulo, la empresa debe:
Este derecho no depende del tipo de contrato ni del tiempo trabajado.
Además de la reincorporación y los salarios, puedes reclamar una indemnización por daños morales. Esto se basa en la vulneración de derechos fundamentales como:
Este tipo de indemnización es independiente del salario y de la antigüedad, y no es una cuestión opcional: muchos tribunales la reconocen de forma automática.
Las indemnizaciones por daños morales suelen calcularse con base en la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), aplicando el rango de infracción muy grave:
Esto se conoce como el automatismo indemnizatorio, y fue respaldado por la STSJ de Madrid de 18 de junio de 2021, que concluyó:
«Lograda la calificación de nulidad del despido como consecuencia del estado de embarazo, el despido debe entenderse discriminatorio, por lo que resulta indiferente que la protección derive de un acto intencional o no. El empresario tenía que haber logrado la procedencia del despido. Tal es el diseño legal. […] No se puede aplicar una interpretación restrictiva de la protección reforzada».
Esta sentencia proyecta la sombra de discriminación sobre cualquier decisión empresarial que afecte a una trabajadora embarazada, salvo que se demuestre claramente lo contrario.
Pero ojo: si no se prueba que el motivo real del despido es el embarazo, no habrá ninguna indemnización. Solo el derecho a reincorporarte en tu trabajo y salarios de tramitación (los salarios que dejaste de cobrar durante el despido).
Si te han despedido estando embarazada, no debes esperar para reclamar. Dispones de un plazo de solo 20 días hábiles desde el despido.
Lo primero es conservar la carta de despido y reunir la documentación que acredite tu embarazo. Después habrá que analizar la causa alegada por la empresa y comprobar si puede justificar la procedencia del despido.
Si la empresa no consigue acreditar la procedencia, el despido podrá ser declarado nulo, con derecho a recuperar tu puesto de trabajo y cobrar los salarios dejados de percibir.
Para reclamar tendrás que presentar primero una papeleta de conciliación y, si no existe acuerdo con la empresa, una demanda ante el Juzgado de lo Social.
Plazos para reclamar ante el despido nulo
Tienes 20 días hábiles desde el día del despido para iniciar el proceso legal. Este plazo es sagrado, así que no esperes.
Cómo presentar una reclamación por despido: pasos básicos
Puedes hacerlo tú misma, pero lo recomendable es ir de la mano de un abogado laboralista especializado en despidos durante el embarazo.
Pruebas clave que te recomiendo recopilar: parte médico de embarazo, comunicaciones, testigos
El despido estando embarazada es discriminatorio y tienes derechos.
Si te ha pasado, no estás sola. Hemos ayudado a muchas trabajadoras como tú.
Reclamar no solo es tu derecho: es una forma de hacer valer la maternidad y protegerte tú y tu familia recuperando tu empleo y recibiendo una buena indemnización.
El tipo de contrato es lo de menos. Lo que importa es que no pueden despedirte sin causa justificada si estás embarazada.
Sí, pero si se demuestra que el despido tiene relación con el embarazo, se puede declarar nulo. Es clave tener indicios o pruebas de esa vinculación.
La empresa debe justificarlo minuciosamente. Si no lo hace, o si hay indicios de discriminación, el despido será nulo.
Tu readmisión inmediata, el pago de todos los salarios perdidos y, además, una indemnización por daño moral que puede superar los 7.500 € hasta los 30.000 €.