Autor: David Cadierno Pájaro, abogado nº 105.052 ICAM
Actualizado a 2026
Si te han despedido mientras estabas de baja por enfermedad común, probablemente te sientas confundido, frustrado o incluso injustamente tratado.
Como abogado, he acompañado a muchas personas en esta misma situación y quiero ayudarte a entender si tu despido es legal, qué dice la ley, cómo han resuelto los tribunales casos como el tuyo, y qué puedes hacer desde ya para defender tus derechos.
Vamos allá:
Sí, te pueden despedir estando de baja por enfermedad común, pero la empresa no puede despedirte precisamente por encontrarte enfermo cuando esa decisión sea discriminatoria.
Estar en situación de incapacidad temporal no supone una protección absoluta frente al despido.
La empresa puede extinguir el contrato si existe una causa legal real y ajena a tu enfermedad.
El problema aparece cuando la baja médica es el verdadero motivo del despido.
En ese caso habrá que analizar si existe una discriminación por razón de enfermedad o estado de salud que permita solicitar la nulidad del despido.
Esto es clave:
El Estatuto de los Trabajadores no impide un despido durante una baja médica, pero si se demuestra que el motivo real del despido es precisamente la enfermedad o el estado de salud, entonces ese despido puede ser declarado nulo por discriminación.
La Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación refuerza esta idea: si el despido se basa directa o indirectamente en tu situación médica, puede considerarse un acto discriminatorio.
Sí. La empresa puede realizar un despido objetivo estando de baja médica si existe una causa objetiva legal y real que sea independiente de tu enfermedad.
Por ejemplo, encontrarte en incapacidad temporal no impide por sí mismo un despido por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.
Lo importante será comprobar que la causa alegada existe realmente y que la baja médica no es el verdadero motivo oculto de la decisión empresarial.
Cuando una empresa despide a un trabajador durante una baja médica, debe justificar el despido con una causa objetiva real y ajena a la enfermedad.
Si no lo hace, y se demuestra que el despido está relacionado con la baja, los tribunales suelen declararlo nulo por vulneración de derechos fundamentales.
Desde el punto de vista legal, no se trata solo de un despido improcedente / ilegal: es nulo. Y la nulidad implica:
En resumen:
Si la empresa no acredita la causa alegada, el despido estando de baja puede ser declarado improcedente.
En cambio, si se acredita que la verdadera razón del despido fue discriminatoria por razón de enfermedad o estado de salud, podrá solicitarse su nulidad.
Si te despiden estando de baja y quieres reclamar, debes presentar primero una papeleta de conciliación laboral ante el servicio de conciliación correspondiente de tu Comunidad Autónoma.
En Madrid, por ejemplo, deberás acudir al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
Si no alcanzas un acuerdo con la empresa en el acto de conciliación, el siguiente paso será presentar una demanda ante el Tribunal de Instancia (sección social).
Tienes un plazo de solo 20 días hábiles desde el despido para iniciar la reclamación. Estar de baja médica no paraliza este plazo, por lo que no debes esperar a recibir el alta para reclamar.
Además, es recomendable acudir a un abogado laboralista para analizar tu caso y preparar bien la reclamación.
Sí, tener un contrato indefinido no impide un despido durante una baja médica. Lo que se exige es que el despido esté justificado legalmente y no tenga relación con tu estado de salud.
De hecho, muchos de los casos que he visto como abogado implicaban contratos indefinidos.
En varias sentencias recientes, como la del Juzgado de lo Social de Albacete de mayo de 2025, se ha declarado nulo el despido de empleados con contrato indefinido, precisamente por haberse realizado durante una baja por ansiedad sin causa objetiva. Es decir: el estado de salud del trabajador fue la causa del despido y no otra.
Por tanto, el tipo de contrato no determina si el despido es nulo o discriminatorio.
Aquí entra en juego la doctrina Daouidi del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En una sentencia clave (C-395/15), el TJUE dijo que una baja de larga duración puede ser considerada una forma de discapacidad temporal, lo que activa toda la protección legal contra despidos discriminatorios.
En mi práctica profesional he visto varios tribunales españoles aplicar esta doctrina:
Si tu baja supera los 6 meses y el despido carece de justificación clara, hay muchas posibilidades de reclamar la nulidad por haber sido discriminado por tu enfermedad.
Un despido por baja de larga duración (más de 6 de IT) implica tanto la nulidad del despido (recuperas tu trabajo), como una indemnización adicional de hasta 30.000 €. Ello porque se considera que te han discriminado por tu discapacidad, que te pone en peores condiciones que el resto de tus compañeros de trabajo.
En un despido por una baja de corta o media duración (6 o menos meses de IT) te corresponde la nulidad, pero la indemnización adicional de hasta 30.000 € dependerá del criterio del juez. Porque en la práctica, muchos juzgados de lo social interpretan que este tipo de bajas de corta o media duración no están respaldado por el derecho de igualdad del art. 14 de la Constitución Española.
La empresa puede despedirte estando de baja solo si existe una causa legal real que nada tiene que ver con tu estado de salud, como:
Lo que no se puede hacer es utilizar la baja como excusa para despedir, o argumentar causas falsas sin pruebas.
Para que el despido sea nulo, no basta con estar enfermo. Hay que demostrar:
En marzo de 2024, el TSJ de Madrid aclaró que no se puede declarar la nulidad automáticamente por estar en IT. Pero si se demuestra que fue la baja lo que motivó el despido, sí procede la nulidad.
Lo mismo dijeron los TSJ de la Comunidad Valenciana y Murcia en abril de 2024, anulando despidos hechos “reactivamente” tras iniciarse una baja médica.
Sí, es posible negociar un despido estando de baja, y en determinados casos la situación de incapacidad temporal puede darte una posición negociadora especialmente favorable.
Antes de negociar, piensa que tu fuerza de negociación depende de cuál sería el riesgo para la empresa si decide despedirte:
Si existen indicios de discriminación, el despido podría llegar a ser declarado nulo. Ese riesgo jurídico puede ser un elemento importante que puedes usar a tu favor para negociar una salida indemnizada.
Con eso en mente, tan fácil como plantearle a la empresa que estás dispuesto a irte a cambio de una indemnización para que dejen de sufrir la carga económica y organizativa de un trabajador de baja médica.
Pero que no te engañen:
Sobre todo, no firmes una baja voluntaria para alcanzar el acuerdo, porque podrías perder tanto la indemnización como el derecho inmediato a cobrar el desempleo.
Eso sí, es recomendable que intervenga un abogado con experiencia en despidos para que puedas conseguir la mejor indemnización.
Una baja voluntaria supone, con carácter general, que no tendrás derecho a cobrar una indemnización y tampoco podrás acceder inmediatamente a la prestación por desempleo.
Pero tienes 2 opciones:
1. Intentar negociar una posible salida indemnizada con la empresa.
2. Si existe un incumplimiento empresarial como impago de nóminas mientras dura tu baja médica.
Por tanto, si estás de baja y no quieres volver al trabajo, no dejes simplemente de acudir cuando recibas el alta ni firmes automáticamente una baja voluntaria. Primero conviene estudiar qué fórmula de salida protege mejor tus derechos e irte con pare e indemnización.
¿Qué derechos tengo si me despiden estando de baja?
Si el despido es declarado nulo, tienes derecho a:
Si el despido se considera improcedente pero no nulo, el empleador puede elegir entre readmitirte o pagarte una indemnización económica según tu antigüedad. En la práctica las empresas suelen preferir pagar y no readmitirte tras echarte por tu baja médica.
Además, una vez despedido, durante la IT por contingencias comunes seguirás cobrando tu baja médica hasta el alta, y después podrás acceder al paro si te corresponde.
Si te han despedido estando de baja:
1. Lo primero es revisar la carta de despido y comprobar qué causa alega la empresa.
2. Después hay que analizar si esa causa es real o si existen indicios de que el verdadero motivo del despido es precisamente tu enfermedad o situación de incapacidad temporal.
3. Si quieres reclamar, no debes esperar a recibir el alta médica. El plazo para impugnar un despido es de solo 20 días hábiles desde que produce efectos.
4. Por tanto, guarda la carta de despido, las comunicaciones con la empresa y la documentación relacionada con tu baja médica y presenta la reclamación dentro de plazo.
No por la baja en sí. Pero sí pueden despedirte por otras causas. Si demuestras que fue por la baja, puede ser nulo.
Debe justificarlo legalmente. Si no lo hace, puede ser considerado discriminatorio y anulado por los tribunales.
Primero al SMAC para intentar una conciliación. Si no hay acuerdo, al Juzgado de lo Social.
Causas económicas, productivas, organizativas, productivas o disciplinarias reales, no relacionadas con tu salud.
Sí, pero con asesoría legal. Puedes conseguir una indemnización más alta si hay indicios de nulidad.