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Me han despedido

¿Es obligatorio ir al SMAC en caso de despido en 2026?

Autor: David Cadierno Pájaro, abogado nº 105.052 ICAM

🟢 Actualizado a 2026

El SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) es el organismo donde se realiza al acto de conciliación previa que, por norma general, debes intentar si te despiden y quieres reclamar tu indemnización o tu derecho a recuperar tu trabajo

En mi práctica, me encuentro dos escenarios recurrentes:

  • Personas que quieren demandar ya y no saben que la conciliación es un requisito obligatorio en la mayoría de casos (luego veremos en cuáles).

  • Personas que temen “perder el tren” de los 20 días para demandar: tranquilidad, porque la presentación de la papeleta suspende el cómputo del plazo mientras dura el trámite.

Te contaré en mi experiencia todo lo que debes saber:

Aquí descubrirás...

¿Es obligatorio ir al SMAC en caso de despido? (y qué pasa si no vas)

Sí. Si quieres reclamar un despido, como regla general es obligatorio presentar una papeleta de conciliación antes de acudir al Juzgado de lo Social (ahora llamados sección social del Tribunal de Instancia)

Este trámite de conciliación previa se realiza ante el SMAC o el organismo equivalente de cada Comunidad Autónoma.

Por tanto, si te han despedido y quieres impugnar el despido para conseguir una indemnización, la readmisión o reclamar otras cantidades derivadas de la extinción, tendrás que presentar primero la papeleta de conciliación.

Además, recuerda que dispones de solo 20 días hábiles para reclamar un despido. La presentación de la papeleta de conciliación suspende el plazo en los términos previstos legalmente.

Ahora bien, obligatorio no significa “peregrinar sin estrategia”. 

Si voy al SMAC, voy con objetivo: cerrar cantidades, corregir errores formales de la carta de despido y dejar constancia de hechos que me interesan de cara al juicio (si toca).

Consejo que repito: te recomiendo ir con abogado. No por formalidad, sino para asegurarte de que no te quitan lo que es tuyo y de que lo que firmes me protege.

Plazos clave del SMAC: los 20 días hábiles, suspensión del “contador” y tiempos de citación

  • Plazo para impugnar el despido: 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos).

  • Presentar la papeleta de conciliación dentro de ese plazo suspende el “contador” por un máximo de 15 días.

  • Una vez finaliza el SMAC (sin acuerdo o avenencia), el plazo se reanuda por el tiempo que quede.

  • La citación al acto suele llegar en unas semanas; mi práctica es no dormirme: preparo demanda en paralelo “por si acaso”.

Línea temporal orientativa

  1. Día 0: recibes la carta de despido.

  2. Día 1–15: preparas papeleta (hechos + petición).

  3. Presentación: el plazo de 20 días se suspende.

  4. Acto SMAC: avenencia (se firma y ejecutas el acuerdo) o sin avenencia (quedas listo para demandar).

  5. Tras el SMAC: el plazo sigue donde lo dejaste; si quedaban, por ejemplo, 7 días, cuentas 7 hábiles desde el día siguiente al cierre.

Un error que veo mucho: si pasan más de esos 15 días desde que presentaste papeleta de conciliación hasta el acto de conciliación, el contador de los 20 días sigue corriendo y toca presentar demanda ya.

Excepciones: cuándo no tienes que pasar por el SMAC (con casos prácticos)

Solo es obligatorio presentar papeleta de conciliación en el SMAC en caso de despidos, sanciones, reclamaciones de salarios, reclamaciones de clasificación profesional y en ciertos conflictos colectivos (art. 63art. 64 LRJS).

Pero esta regla tiene excepciones:

  • Si es un despido objetivo o ERE y aceptas los 20 días sin discutir nada, tampoco es obligatorio. Si no vas a impugnar ni reclamar cantidades adicionales, no hace falta pasar por el SMAC. Ahora bien: si hay dudas, discrepancias económicas o sospechas de improcedencia, entonces sí conviene presentar papeleta.

  • En derechos fundamentales o Seguridad Social, por lo general no es obligatorio porque son procedimientos con reglas propias, que hay que analizar caso a caso.

  • Si demandas a una Administración Pública, no es obligatorio acudir al SMAC. Las Administraciones tienen cauces propios y no se tramita como un despido laboral normal.

  • Si eres socio trabajador de cooperativa expulsado, no pasa por SMAC. No es un despido laboral típico y se rige por su normativa específica.

  • En reclamaciones de cantidad puras (no despido), debes pasar por conciliación, pero los plazos no son los del despido y la lógica procesal es distinta.

Y desde la experiencia práctica profesional:


Cuando el trabajador está en un despido objetivo, acepta los 20 días y no quiere reclamar nada más, no fuerzo SMAC. 

Pero si hay la mínima duda sobre cantidades, formalidades o posibilidad de improcedencia, presento papeleta de conciliación.

Si no hay acuerdo: demanda ante el Juzgado de lo Social, pasos y tiempos

    • Con acta sin avenencia, presentas la demanda con los hechos y pruebas.

    • Pide, si procede, mejora de cuantía, salarios de tramitación (si toca), y deja bien atadas las pruebas (documental, testifical).

    • Tiempos: dependen del juzgado; puede ir desde 4 meses a 2 años y medio. Mientras, puedes alcanzar un acuerdo por la vía de negociación.

¿Cuánto tarda el SMAC en notificar a la empresa?

Depende de la comunidad autónoma, pero el panorama ya no es el de “esperas eternas”. En la práctica actual, la notificación sale por vía telemática desde el SMAC, así que la empresa la recibe prácticamente al instante.


Nada de cartas que se pierden ni de meses de silencio: lo normal es que la notificación entre en su buzón electrónico con rapidez y quede constancia del envío y la recepción.

Mi recomendación: tras presentar la papeleta, guarda el justificante de registro y, a los pocos días, confirma (tu abogado o tú) que la citación y la notificación constan en expediente. Evita sorpresas si luego hay incidencias con la comparecencia.

¿Cuánto tardan el SMAC en dar cita para la conciliación?

No existe un plazo único para que el SMAC te dé cita. Depende de la Comunidad Autónoma y de la carga de trabajo del servicio de conciliación.

Por ejemplo, en Madrid, la citación en procedimientos habituales de despido puede producirse aproximadamente entre 15 y 20 días después de presentar la papeleta, aunque el plazo puede variar.

Lo importante es que no debes esperar a la cita del SMAC para controlar el plazo de 20 días hábiles del despido.

La papeleta suspende inicialmente el plazo, pero el cómputo se reanuda una vez celebrado el acto de conciliación o cuando hayan transcurrido 15 días hábiles desde su presentación sin que se haya celebrado.

Por eso, si la cita tarda demasiado, puede ser necesario presentar la demanda judicial aunque todavía no se haya celebrado el SMAC.

Lo que hago para no “perder el tren”: mientras espero la fecha, preparo la demanda y el dossier de pruebas. Si llega la cita pronto y hay acuerdo, perfecto; si no, salgo del SMAC listo para interponer la demanda sin apuros de plazo.

Qué ocurre si la empresa no se presenta al SMAC

Si la empresa no se presenta al SMAC pese a haber sido correctamente citada, tu reclamación no se paraliza ni pierdes el derecho a demandar.

El acto terminará sin acuerdo y podrás continuar la reclamación presentando la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social.

Además, la incomparecencia injustificada de la empresa puede tener consecuencias posteriores:

Si la sentencia coincide esencialmente con lo que solicitaste en la papeleta de conciliación, el Juzgado puede imponer determinadas costas a la empresa en los términos previstos en el Art. 66 LRJS.

Por tanto, que la empresa no acuda al SMAC no impide que continúes reclamando tu despido.

¿Qué pasa si la empresa reconoce la improcedencia en la carta de despido?

Si la empresa reconoce la improcedencia directamente en la carta de despido y te abona la indemnización sin pasar por SMAC ni por el Juzgado, la indemnización va a tributar.

 

La indemnización por despido solo está exenta de IRPF cuando:

  • deriva de una resolución judicial, o
  • deriva de un acto de conciliación administrativa (SMAC o equivalente).

Cuando la empresa reconoce la improcedencia solo en la carta y paga directamente sin pasar por conciliación, Hacienda considera que no es una indemnización exenta, sino una renta sujeta a tributación como rendimiento del trabajo.

Base legal fiscal: artículo 7.e) de la Ley 35/2006 del IRPF

Antes de pactar una indemnización en el SMAC: comprueba la solvencia (o te quedas sin cobrar)

Suena tentador salir del SMAC con una indemnización pactada, pero si no sabes que la empresa puede pagar, puedes meterte en un callejón sin salida:

  • Si acuerdas en SMAC una indemnización y luego no te pagan por falta de fondos, FOGASA no la cubre (el organismo cubre sobre todo cantidades salariales, no indemnizaciones pactadas en conciliación administrativa).

  • Resultado: te quedas con un acta que promete dinero… pero sin cobrarlo.

Qué hago yo en estos casos

  1. Solvencia primero: si no tengo señales claras de que van a pagar, no cierro indemnización en el SMAC.

  2. Plan B seguro: presento demanda y, si hay voluntad de acuerdo, pacto en el juzgado (acuerdo judicial). Ese acuerdo tiene mejor fuerza para ejecutar y te evita el “papel mojado”.

  3. Si la empresa ofrece pagar “más adelante”, exijo garantías: plazos, método, intereses/penalización por incumplimiento y, si es posible, pago inmediato (transferencia en el acto o aval).

Mi consejo directo: no firmes indemnización en SMAC si no tienes claro que hay dinero. Si quieres asegurar la indemnización, presenta demanda y acuerda en el juzgado.

Preguntas frecuentes si te han despedido sin carta

No. Es preceptivo en la mayoría de despidos, pero hay excepciones claras: AAPP, ciertos procedimientos especiales (derechos fundamentales, colectivos, Seguridad Social) y supuestos prácticos como objetivo/ERE aceptando 20 días o cooperativas.

a) Si el trabajador solicitante no acude al acto de conciliación sin alegar causa justificada, se tendrá por no presentada la papeleta de conciliación y se archivará todo lo actuado, con pérdida de ese intento de conciliación. Deberías presentar una nueva papeleta si aún estás dentro del plazo para reclamar; si se pasa el plazo, pierdes el derecho y no podrás continuar ese proceso.


b) Si quien no acude es la empresa, como se ha explicado, se deja constancia y se considera el intento realizado para poder acudir luego a juicio.


Base legal: Art. 66 LRJS (consecuencias de la no asistencia)

Suele llegar en pocas semanas (2 o 3 con suerte). No esperes para preparar tu demanda; yo trabajo en paralelo.

Si hay avenencia, el acta tiene fuerza ejecutiva (sirve para ejecutar si no te pagan). Pero ojo: porque si la empresa es insolvente, no te pagará FOGASA.

Puedes, pero yo no lo recomiendo: un abogado laboralista te evita renuncias peligrosas y negocia mejor.