Autor: David Cadierno Pájaro, abogado nº 105.052 ICAM
Actualizado a 2025
Descubrir que estás embarazada y, al poco tiempo, recibir una carta de despido es una experiencia tan injusta como estresante. Y cada vez llegan al despacho más despidos de ese tipo.
Afortunadamente, la ley española protege de forma muy clara a las trabajadoras en esta situación.
Si te han despedido estando embarazada —tanto con contrato indefinido, temporal, o incluso en periodo de prueba— vas a conocer ahora todos tus derechos. Te contaré lo mismo que le cuento a mis clientas en tu misma situación:
La respuesta directa es: no, no pueden despedirte por estar embarazada. Eso sí, hay algunos casos (que ahora veremos) donde sí es legal el despido durante tu embarazo.
El artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores presume automáticamente la nulidad del despido cuando afecta a una trabajadora embarazada.
No hace falta que el despido mencione tu embarazo como causa. Ni siquiera que la empresa conozca tu embarazo. Basta con que estés embarazada en el momento del despido para que se active esta protección.
Esto se aplica tanto si tienes contrato indefinido como temporal, y también si estás en periodo de prueba, aunque en este último caso es necesario acreditar indicios de discriminación (es decir, que no superaste el periodo de prueba porque estabas embarazada y no por ser «mala trabajadora»).
Si el despido es por causas objetivas (económicas, productivas, técnicas u organizativas) o por cierre de empresa, la empresa debe justificar plenamente que la causa no tiene relación alguna con el embarazo.
En caso contrario, el despido será declarado nulo igualmente (luego te cuento las consecuencias).
Incluso si el cierre de un centro de trabajo es real, pero se despide selectivamente a una embarazada o sin garantizar el respeto a sus derechos, la nulidad del despido puede seguir aplicándose.
Cuando el despido se declara nulo, la empresa debe:
Este derecho no depende del tipo de contrato ni del tiempo trabajado.
Además de la reincorporación y los salarios, puedes reclamar una indemnización por daños morales. Esto se basa en la vulneración de derechos fundamentales como:
Este tipo de indemnización es independiente del salario y de la antigüedad, y no es una cuestión opcional: muchos tribunales la reconocen de forma automática.
Las indemnizaciones por daños morales suelen calcularse con base en la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), aplicando el rango de infracción muy grave:
Esto se conoce como el automatismo indemnizatorio, y fue respaldado por la STSJ de Madrid de 18 de junio de 2021, que concluyó:
«Lograda la calificación de nulidad del despido como consecuencia del estado de embarazo, el despido debe entenderse discriminatorio, por lo que resulta indiferente que la protección derive de un acto intencional o no. El empresario tenía que haber logrado la procedencia del despido. Tal es el diseño legal. […] No se puede aplicar una interpretación restrictiva de la protección reforzada».
Esta sentencia proyecta la sombra de discriminación sobre cualquier decisión empresarial que afecte a una trabajadora embarazada, salvo que se demuestre claramente lo contrario.
Plazos para reclamar ante el despido nulo
Tienes 20 días hábiles desde el día del despido para iniciar el proceso legal. Este plazo es sagrado, así que no esperes.
Cómo presentar una reclamación por despido: pasos básicos
Puedes hacerlo tú misma, pero lo recomendable es ir de la mano de un abogado laboralista especializado en despidos durante el embarazo.
Pruebas clave que te recomiendo recopilar: parte médico de embarazo, comunicaciones, testigos
El despido estando embarazada es discriminatorio y tienes derechos.
Si te ha pasado, no estás sola. Hemos ayudado a muchas trabajadoras como tú.
Reclamar no solo es tu derecho: es una forma de hacer valer la maternidad y protegerte tú y tu familia recuperando tu empleo y recibiendo una buena indemnización.
El tipo de contrato es lo de menos. Lo que importa es que no pueden despedirte sin causa justificada si estás embarazada.
Sí, pero si se demuestra que el despido tiene relación con el embarazo, se puede declarar nulo. Es clave tener indicios o pruebas de esa vinculación.
La empresa debe justificarlo minuciosamente. Si no lo hace, o si hay indicios de discriminación, el despido será nulo.
Tu readmisión inmediata, el pago de todos los salarios perdidos y, además, una indemnización por daño moral que puede superar los 7.500 € hasta los 30.000 €.