Abogado laboralista
Me han despedido

Me han despedido del trabajo, ¿qué hago?:
Pasos a seguir en 2025

Autor: David Cadierno Pájaro, abogado nº 105.052 ICAM

🟢 Actualizado a 2025

Si te han despedido del trabajo injustificadamente, y te preguntas ¿ahora qué hago?, escucha:

Lo primero que debes saber es esto: tienes derechos, plazos que corren rápido y opciones para reclamar lo que te corresponde.


En este artículo te explico, en mi experiencia como abogado, qué hacer cuando te despiden de tu trabajo (sea  injustificadamente o con motivo), cómo saber si el despido es legal o no, qué tipo de indemnización puedes reclamar y cuándo necesitas la ayuda de un abogado especializado en despidos.


Ya sea un despido disciplinario u objetivo, aquí encontrarás todo lo que necesitas saber para defender tus derechos laborales desde el primer minuto.

Aquí descubrirás...

1. Llévate una copia de la carta de despido. El despido debe ser por escrito.

Ante un despido, tu primer derecho es recibir una carta de despido donde se indiquen los claramente los motivos del despido y su fecha de efectos (cuándo finaliza el contrato, que suele ser el mismo día que te entregan la carta). 

Si te entregan la carta, firma indicando «no conforme» 

Pocos trabajadores lo saben, pero si no te entregan la carta de despido, mejor aún: el despido es ilegal. No importa de lo que te acusen o si es verdad. La ley es clara (se requiere notificar el despido por escrito), y nunca he visto un juez que declare procedente un despido sin carta.

2. Revisa tu contrato y el finiquito con atención

  • Contrato de trabajo: revisa si hay cláusulas sobre preaviso, indemnización o causas de despido.

  • Finiquito: se incluirán salario pendiente, pagas extras, vacaciones no disfrutadas, horas extras y otros complementos, aunque no sustituye a la indemnización por despido. Te aconsejo firmarlo como «no conforme». La empresa siempre incluye una cláusula donde indica que con el recibo del finiquito renuncias a demandar. 

3. Determina qué tipo de despido es: procedente, improcedente o nulo

  • Procedente: tiene causa legal y justificada → no hay indemnización (en el caso objetivo, sí correspondería indemnización de 20 días/año con tope de 12 mensualidades).

  • Improcedente: significa que te han despedido sin motivo o que la causa no está bien justificada o no se sigue el procedimiento como indica el ET o el convenio colectivo → derecho a readmisión o a indemnización (33 días/año con tope de 24 mensualidades tras 2012).

  • Nulo: vulnera derechos fundamentales (ej. embarazo, discriminación, bajas médicas, represalias por quejas laborales) → readmisión obligatoria y salarios de tramitación.

Como abogado te recomiendo que dejes la calificación del despido en manos de un abogado. Hay temas técnicos que deben examinarse, más allá de si el despido es o no justo. 

4. Actúa rápido: plazos y conciliación previa obligatoria (SMAC)

Tienes 20 días hábiles desde la notificación del despido para presentar una papeleta de conciliación en el SMAC, que detiene el plazo de reclamación.

Esa conciliación ante el SMAC es obligatorio antes de ir a juicio. Si no hay acuerdo, puedes continuar con una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Eso sí, te aconsejo que recuerdes llevar a la conciliación tu DNI o NIE, porque si no será como si no hubieras acudido y el plazo correrá como si no hubiera presentado la papeleta de conciliación. 

5. Busca asesoramiento legal especializado cuanto antes

Un abogado laboralista te ayudará a:

  • Identificar si el despido es procedente, improcedente o nulo.

  • Estimar si conviene aceptar oferta o impugnar.

  • Preparar la conciliación o demanda, presentar en SMAC y, si hace falta, litigar en juicio.

Que no te engañen: no necesitas abogado para cobrar el paro. Pero contar con uno puede marcar la diferencia si hay duda sobre la legalidad del despido.

6. Continúa el proceso legal si no hay acuerdo

Si el SMAC no da resultado, el caso se resolverá en un juicio laboral, donde tu abogado presentará las pruebas (carta de despido, nóminas, mensajes, testigos…).

Se celebrará el juicio por despido. En mi experiencia, dependiendo de la provincia puede tardar entre 6 meses a 2 años de media en celebrarse el juicio.

Si hay condena, el despido se declarará:

  • Improcedente: readmisión o indemnización (a elección de la empresa, salvo que tengas cargo sindical).

  • Nulo: readmisión y salarios dejados de percibir.

7. Si la empresa no paga, puedes reclamar a FOGASA

Si la empresa se declara insolvente o no cumple con la indemnización, se puede reclamar ante FOGASA casi todo lo dejado de percibir.

Tienes un año para reclamar y si no contestan en 3 meses, se te da por concedida tu solicitud de pago.

Algo que pocos abogados explican a sus clientes es que el FOGASA no abona todas las deudas de la empresa. Hay topes:

  • Límite Salarios (120 días): 11.030,40 EUROS
  • Límite Indemnizaciones: 33.550,80 EUROS

8. Cobrar el paro no depende de demandar, pero puede influir

Puedes solicitar la prestación por desempleo (paro) sin necesidad de demandar si el despido no es impugnado.

Pero cuidado: si reclamas y luego el despido es declarado nulo, la prestación que hayas cobrado del SEPE se te descontará de tus salarios de tramitación cuando te los pague la empresa.

Hasta aquí todo lo que debes saber si te han despedido. Ahora:

¿Necesitas consultar a un abogado sobre tu despido?

Consulta gratis hoy a un abogado laboralista para reclamar la indemnización que te  corresponde.